Con la entrada en vigencia de la Ley 1448 de 2011 “Ley de Víctimas y Restitución de Tierras", la Alcaldía de Medellín ratifica su compromiso con las víctimas del conflicto armado, a través de la Unidad Técnica de Atención a la Población Desplazada de la Secretaría de Bienestar Social y la Oficina de Derechos Humanos y el Programa de Atención a Víctimas del Conflicto Armado de la Secretaría de Gobierno. Éstas, son las encargadas de brindar atención y acompañamiento a las víctimas (psicosocial y jurídico), además de brindar la ayuda humanitaria y de emergencia que establece la legislación.

En este sentido, dichas instancias avanzan actualmente en un proceso de articulación que permita potencializar las condiciones de atención a la población víctima de la ciudad, además de garantizar el efectivo cumplimiento de la ley, esto es, todas y cada una de las medidas que contribuyen a la verdad, la justicia y la reparación como derechos de las víctimas.


Ley de Víctimas

Desde el primero de enero de 2012 entró en vigencia la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, la cual establece medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas del conflicto armado y garantiza sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación integral. La ley también incluye medidas adicionales a las económicas, entre ellas: la rehabilitación, la satisfacción, las garantías de no repetición y la restitución.

Esta Ley define que son víctimas aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno. Sólo se reconocerá a las víctimas de los grupos armados ilegales. No se consideran como víctimas las personas que hayan sido afectadas por delincuencia común y bandas criminales.


Registro Único de Víctimas

Uno de los principales requisitos que exige la Ley para poder acceder a las medidas allí establecidas, es el Formato de Declaración para la Solicitud de Inscripción en el Registro de Víctimas.

Se recuerda que las entidades autorizadas para adelantar este trámite son la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría y, la Personería de Medellín, tanto en la sede del piso 11 del Centro Administrativo Municipal La Alpujarra como en la Unidad Permanente de Derechos Humanos ubicada en la carrera 52 Nº 71 – 24 frente al Parque de los Deseos donde se atiende durante las 24 horas del día.

Se recomienda a las víctimas anexar documentos que den cuenta del hecho, por ejemplo: recortes de prensa, denuncias, declaraciones extrajuicio, certificaciones de instituciones donde haya recibido atención, entre otros.

Si una persona, víctima del conflicto armado en el país, ya hizo la declaración de su desplazamiento o ya presentó la reclamación administrativa no tiene que diligenciar este formato.

Los formatos y diligenciamiento de los mismos son totalmente gratuitos y ninguna persona o entidad está autorizada para comercializarlos.

Información sólo para periodistas:
María Paola Álvarez, teléfono: 312.811.00.98

5 comentarios:

Jorge Ramiro dijo...

Me parece bien que las autoridades del gobierno se comprometan con las personas que viven en los domicilios medellin ya que es importante que se ocupe de los distintos ciudadanos y de su bienestar

Anónimo dijo...

Tengo una inquietud.un grupo de 35 desplazados realizamos una tecnica de motos en Medellin en el IME .porque razón no tenemos a un salario en las practicas? Fue el año pasado y aun no nos hemos graduado.

Unknown dijo...

Buenas tardes como puedo escribirme para el procyecto proditibo

Unknown dijo...

Buenas tardes como puedo escribirme para el procyecto proditibo

Unknown dijo...

Necesito saber si en la Alpujarra se puede sacar la carta de desplazamiento